Comentarios
Ordenar por mejores comentariosEn el caso de un vehículo, si lo compras nuevo a estrenar eso es precisamente lo que te llevas, y se supone que lo compras para usarlo, no para revenderlo de inmediato. Y si piensas venderlo pasado unos años, ya no ha perdido valor sólo por una simple firma, sino por el uso que ha tenido.
Deja tu comentario
Necesitas tener una cuenta en Ahorradororata.com para poder dejar comentarios.
¡Registra tu cuenta ahora!
¡Registra tu cuenta ahora!
9 ago 2014, 08:58
Amigo Don Dinero:
Permite que te presente, ya que eres paisano mío, al impuesto ITP/AJD (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) que grava (con "v") las compraventas de inmuebles (por no hablar de la plusvalía), y que también se aplica a los vehículos de segunda mano (también llamado "impuesto SARA"). Vienen a ser, pizca más o menos, lo mismo que el IVA, así que ahorrarte te vas a ahorrar bien poco. Yo que tú me replanteaba la idea, y aprovechaba el inmenso stock de viviendas sin estrenar que tienen los promotores, o los planes PIVE que saca el Gobierno ... Y es que, a veces, los "jóvenes" necesitáis una dosis de realidad ...